Desahorro Fonpet de recursos excedentes diferentes a los de Lotto en Línea. Los recursos excedentes de desahorro del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), diferentes a los de Lotto en Línea, cuando la entidad territorial no presente obligaciones pensiónales pendientes por concepto del pasivo pensional con el sector salud o cuando estén plenamente financiadas, se destinarán exclusivamente al financiamiento del régimen subsidiado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 147 de la Ley 1753 de 2015, en el artículo 2.12.3.8.3.6 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y las demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. Una vez realizado el proceso respectivo el Ministerio de Hacienda y Crédito Público los girará directamente a la ADRES.
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