Micelio

Artículo 9

Declarado Inexequible

Decreto 1207 de 2021 · Por el cual se adoptan disposiciones para la elección de los representantes a la Cámara por las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para los periodos 2022-2026 y 2026-2030, en desarrollo del Acto Legislativo 02 del 25 de agosto de 2021

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declarado Inexequible.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 9. Acreditación de candidatos víctimas de desplazamiento con intención de retorno al municipio de la circunscripción. Las víctimas inscritas en el Registro Único de Víctimas por el hecho victimizante de desplazamiento forzado, y que no residan en el municipio de la circunscripción para la cual se postularán, al momento de solicitar la certificación a la Unidad para las Víctimas deberán manifestar su intención de permanecer de manera indefinida y con ánimo de permanencia en el territorio de la circunscripción, con el fin de que la Unidad para las Víctimas emita la certificación sobre dicha información.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2023
    C-302/23ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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