° Exclúyense de la lista de mercancías de prohibida importación, establecida por el Decreto número 0638 de 1951, los siguientes artículos: Posición: Ex. 597-c. Denominación: Guantes para obrero, fabricados de tejidos con una capa a base de materias plásticas. Posición: Ex. 691-c-2. Denominación: Plumas de oro para estilógrafo. Posición: Ex. 753-B. Denominación: Sacacorchos fabricados totalmente de alambre, y encendedores para equipos de soldadura. Posición: Ex. 975. Denominación: Dispositivos empleados en la fabricación de muñecas para imitar la voz o el llanto.
Decreto 1584 de 1953 →Vigente
Artículo 4
Exclúyense De La Lista De Mercancías De Prohibida Importación, Establecida Por El Decreto Número 0638 De 1951, Los Siguientes Artículos: Posición: Ex
Decreto 1584 de 1953 · Por el cual se modifican y adicionan los decretos números 638 de 1951 y concordantes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.