Micelio

Artículo 2

º

Decreto 873 de 1991 · por el cual se dictan medidas relacionadas con la inversión de los recursos propios de los establecimientos públicos nacionales en títulos de deuda pública de la Nación y se dictan otras medidas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Las inversiones constituidas en TAN por el Fondo de Promoción de Exportaciones, Proexpo, deberán sustituirse por Títulos de Tesorería, TES, Títulos de Deuda de la Tesorería General de la República, Tesoros, y Títulos de Deuda Privada, TDP's, en los términos que se convengan con la Tesorería General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 873 de 1991