Micelio

Artículo 26

Del Presupuesto De Gastos Para La Vigencia En Curso

Decreto 824 de 1913 · reformatorio del Decreto número 628 de 1913.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Los gastos que ocasione el personal y material de la goleta comprada para poner en comunicación las islas de San Andrés y Providencia con los puertos colombianos del Atlántico, se imputarán al departamento de Correos y Telégrafos, capítulo 12, artículo 26 del Presupuesto de gastos para la vigencia en curso.

Parágrafo

Queda en estos términos reformado el artículo 6.° del Decreto número 628 de 1913.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 824 de 1913