El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión ; Social y el Jefe del Departamento Nacional del Trabajo podrán en cualquier momento asumir privativamente los asuntos encomendados a uno de los funcionarios subalternos.
Decreto 2392 de 1938 →Vigente
Artículo 16
El Ministro De Trabajo, Higiene Y Previsión ; Social Y El Jefe Del Departamento Nacional Del Trabajo Podrán En Cualquier Momento Asumir Privativamente Los Asuntos Encomendados A Uno De Los Funcionarios Subalternos
Decreto 2392 de 1938 · poor el cual se organiza el Ministerio de Trabajo Higiene y Previsión Social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.