º. Las entidades que conforman el Comité deberán informar al mismo sobre la adopción o dificultad en la aplicación de los procedimientos propuestos por éste, mediante comunicación enviada a la Secretaría Técnica del Comité, por lo menos con quince (15) días de anterioridad a la siguiente reunión.
Decreto 859 de 1995 →Vigente
Artículo 6
º
Decreto 859 de 1995 · por el cual se crea el Comité Interinstitucional para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del Menor Trabajador.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.