Micelio

Artículo 2

Decreto 634 de 1903 · por el cual se concede un auxilio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Autorízase igualmente al Ministerio de Hacienda para que pueda disponer hasta de la misma cantidad de sal, destinada a auxiliar los Establecimientos de la propia naturaleza que se encuentren fundados fuera del Departamento de Cundinamarca, y que, a juicio también del Ministerio en referencia, sean acreedores a ese auxilia. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 634 de 1903