ARTICULO 10. La aprobación, por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior -ICFES- de nuevos programas académicos en la Universidad Pedagógica Nacional, que impliquen costos adicionales en el presupuesto, requerirán el concepto previo y favorable del Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto- sobre la disponibilidad de recursos para financiar dichos programas.
Artículo 10
La Aprobación, Por El Instituto Colombiano Para El Fomento De La Educación Superior -Icfes- De Nuevos Programas Académicos En La Universidad Pedagógica Nacional, Que Impliquen Costos Adicionales En El Presupuesto, Requerirán El Concepto Previo Y Favorable Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público -Dirección General Del Presupuesto- Sobre La Disponibilidad De Recursos Para Financiar Dichos Programas
Decreto 31 de 1993 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial para el personal de empleados públicos docentes de la Universidad Pedagógica Nacional.
El texto del artículo
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Historia constitucional
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