Las leyes se publicaran en serie ordinaria y continua, de 1 en adelante, comenzando por las expedidas en 1821. Respecto de las que han tenido numeración de 1873 hasta hoy, llevaran el número de orden que les corresponda en la serie y aquel con que fueron sancionadas. Esta numeración se tendrá en cuenta para las referencias de unas leyes a otras.
Ley 13 de 1912 →Vigente
Artículo 4
Ley 13 de 1912 · que ordena hacer una edición completa de las leyes nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.