Micelio

Artículo 2

Ley 106 de 1936 · Por la cual se ordena la construcción del hotel nacional de Barrancabermeja

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si en el curso del presente año no fuere posible el ejercicio de la autorización contenida en el artículo anterior, en el Presupuesto de la vigencia fiscal de 1937 se incluirá la partida necesaria para la construcción del mencionado hotel, al apropiar las sumas correspondientes a las obras portuarias de que trata el artículo 364 del Presupuesto de actual vigencia fiscal, quedando comprendida tal construcción dentro de dichas obras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 106 de 1936