Artículo quinto. A partir del 1° de mayo del presente año, créanse los siguientes cargos: Hospital Sanatorio "Santa Clara" Bogotá 1 Enfermera de Salud Pública $ 450.00 Hospital Sanatorio "La María", de Medellín 1 Ayudante de rayos X 250.00 Dispensario Antituberculoso de Florencia 1 Médico Jefe 600.00 1 Enfermera 200.00 1 Encargada de Estadística 200.00 1 Portero 100.00 Dispensario y Hospital Antituberculoso "Amelia de Cúcuta 1 Laboratorista 300 .00 1 Encargada de Estadística 200.00
Decreto 429 de 1957 →Vigente
Artículo 5
Decreto 429 de 1957 · Por el cual se suprimen unos cargos, se crean otros y se fijan asignaciones en la Campaña Antituberculosa Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.