Micelio

Artículo 2.4.3.9.1.2

Artículo 2.4.3.9.1.2

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Comité . El Comité Nacional de Política Pública de Prevención tendrá las siguientes responsabilidades

1.

Aprobar el Plan Estratégico, en el que se defina, entre otros, las metas de mediano y largo plazo en materia de prevención por sector, población y territorio, el plan de inversiones, las responsabilidades institucionales y los tiempos de ejecución, entre otros.

2.

Propiciar el seguimiento y la evaluación sobre la implementación y los resultados obtenidos con la ejecución de la política pública, de conformidad con las metas establecidas en el plan estratégico y el plan operativo de la política.

3.

Acoger los ajustes de la política pública de prevención propuestos por el Comité Técnico.

4.

Aprobar el reglamento elaborado por el Comité Técnico para la Prevención en el plazo de un mes a partir del traslado de dicho documento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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