Para ampliar los conocimientos, desarrollar las habilidades y aptitudes del personal en servicio y obtener un mayor rendimiento de sus empleados, la Universidad Nacional formulará los programas de capacitación correspondientes, con la asesoría del Departamento Administrativo del Servicio Civil y la Escuela Superior de Administración Pública, con base en las investigaciones de necesidades que periódicamente se realicen. Para el cumplimiento del presente artículo, se incluirán dentro del presupuesto, los recursos necesarios.
Artículo 102
Para Ampliar Los Conocimientos, Desarrollar Las Habilidades Y Aptitudes Del Personal En Servicio Y Obtener Un Mayor Rendimiento De Sus Empleados, La Universidad Nacional Formulará Los Programas De Capacitación Correspondientes, Con La Asesoría Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil Y La Escuela Superior De Administración Pública, Con Base En Las Investigaciones De Necesidades Que Periódicamente Se Realicen
Decreto 1549 de 1971 · Por al cual se aprueba la Resolución número 192 de 1971 sobre estatuto de Personal Administrativo, originaria de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.