Micelio

Artículo 5

Las Notas De Presentación Personal, Las Constancias Y Las Autenticaciones De Documentos Que Requieran La Intervención De Funcionarios Judiciales, Podrán También Llevarse A Cabo Ante Los Notarios Públicos O Ante Los Alcaldes Municipales, En Los Lugares Donde No Existiere Notaría, Y Producirán Los Efectos Legales Correspondientes

Decreto 1415 de 1972 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con la conservación del orden público y su restablecimiento

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las notas de presentación personal, las constancias y las autenticaciones de documentos que requieran la intervención de funcionarios judiciales, podrán también llevarse a cabo ante los Notarios públicos o ante los Alcaldes municipales, en los lugares donde no existiere notaría, y producirán los efectos legales correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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