Micelio

Artículo 63

Ley 100 de 1892 · Sobre reformas judiciales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 63. Para hacer efectivas las responsabilidades criminal y civil contra los Magistrados y Jueces por infracción ó violación de leyes en los autos y sentencias en juicio civil, en los casos prevenidos en el Código Penal, se requiere acusación de parte, pero la actuación podrá seguirse en papel blanco.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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