La pena establecido en el artículo anterior se aumenta hasta el doble, si la cuantía de lo estafado es superior a diez mil pesos.
De la falsedad.
Ley 3 de 1945 · LEY 3 DE 1945, 19/02/1945, Sobre código de justicia penal militar
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La pena establecido en el artículo anterior se aumenta hasta el doble, si la cuantía de lo estafado es superior a diez mil pesos.
De la falsedad.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.