Micelio

Artículo 5

A Los Instructores Y Consejeros De Los Inem, Ita Y Casd, Vinculados Antes Del 31 De Diciembre De 1981, Les Corresponderá Las Siguientes Asignaciones Básicas Mensuales A Partir Del 1° De Enero De 1983

Decreto 308 de 1983 · Por el cual se fijan las asignaciones correspondientes a los empleos de los Institutos Nacionales de Enseñanza Media Diversificada, INEM, Institutos Técnicos Agrícolas, ITA, Centros Auxiliares de Servicios Docentes, CASD

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A los Instructores y Consejeros de los INEM, ITA y CASD, vinculados antes del 31 de diciembre de 1981, les corresponderá las siguientes asignaciones básicas mensuales a partir del 1° de enero de 1983. a) instructores de los INEM e ITA: I y II $29.100 III 24.200 IV 22.750 b) Consejeros de los INEM e ITA: I y II $29.100 III y IV 24.200 c) Instructores de los CASD: A $27.900 B 24.100 C 21.150 No obstante lo dispuesto en este artículo, si los Instructores y Consejeros acreditan una clasificación en el escalafón nacional docente que les represente una mejor asignación, podrán optar por devengar lo correspondiente al grado en que estén ubicados.

Parágrafo

Las Instructores de los INEM, ITA y CASD, nombrados de conformidad con lo establecido en el Decreto 0085 de 1980 , devengarán a partir del 1° de enero de 1983, las siguientes asignaciones básicas mensuales

a)

Bachiller $11.250

b)

Técnico Profesional Intermedio o Tecnólogo 15.650

c)

Profesional Universitario 19.950

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 308 de 1983