Micelio

Artículo 36

Cumplimiento De La Obligación De La Definición De Situación Militar

Ley 48 de 1993 · por la cual se reglamenta el servicio de Reclutamiento y Movilización.

2 sentencias lo revisaron
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los colombianos hasta los cincuenta (50) años de edad, están obligados a definir su situación militar. No obstante, las entidades públicas o privadas no podrán exigir a los particulares la presentación de la libreta militar, correspondiéndole a éstas la verificación del cumplimiento de esta obligación en coordinación con la autoridad militar competente únicamente para los siguientes efectos:

a)

Celebrar contratos con cualquier entidad pública;

b)

Ingresar a la carrera administrativa;

c)

Tomar posesión de cargos públicos, y

d)

Obtener grado profesional en cualquier centro docente de educación superior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1994
    C-406/94ConstitucionalidadEXEQUIBLE
  2. 1994
    C-511/94ConstitucionalidadESTARSE A LO RESUELTO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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