Micelio

Artículo 13

Decreto 2780 de 1985 · por el cual se establece el día judicial y se crean estímulos para los funcionarios y empleados de la Rama Jurisdiccional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las corporaciones encargadas de presentar candidatos o de designar a quienes han de recibir reconocimientos, podrán abstenerse de hacerlo o elegir a un número de funcionarios o empleados menor al señalado en los artículos 4º, 5º y 10 cuando, a su juicio no tengan méritos suficientes para que les sean otorgados los reconocimientos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2780 de 1985