Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Educación Nacional Capitulo 63 Del Artículo 872

Decreto 936 de 1943 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL CAPITULO 63 Del artículo 872. Para pensiones de alumnos becados, arrendamiento de una casa con destino al funcionamiento de la Escuela Anexa, servicios de energí­a, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, y demás gastos de esta Normal $ 1.000.00 CAPITULO 69 Del artí­culo 1816. Para el sostenimiento de becas en el Exterior, en todos los ramos de la enseñanza científica, artística e industrial, incluyendo viáticos 1.000.00 Suman los contra créditos $ 2.000.00 CAPITULO 66 Al artículo 983. Para subvencionar compañías teatrales y artistas nacionales y extranjeros $ 2.000.00 Suman los créditos $ 2.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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