Con el fin de lograr un adecuado control administrativo y económico del presupuesto e implantar un sistema de coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación, los 'Establecimientos Públicos suministrarán a dichas entidades la .siguiente información
Informe semestral de ejecución presupuestal, el cual debe indicar los ingresos provenientes de rentas propias, de apropiaciones y préstamos del Gobierno Nacional y de los recursos financieros, así como los gastos por concepto de servicios personales, gastos generales, transferencias, gastos de operación comercial, servicio de la deuda e inversión directa o indirecta.
Informe semestral sobre el avance físico y financiero de la inversión, de conformidad con los formularios elaborados por la Dirección General del Presupuesto.
Informe sobre la situación de tesorería, debidamente refrendado por el Auditor Fiscal de la entidad, el cual presentará en detalle los recursos y fondos disponibles frente a las cuentas y obligaciones vencidas y pendientes de pago.
Balance consolidado y estado de pérdidas y ganancias actualizado, con los anexos explicativos correspondientes. VII OTRAS DISPOSICIONES