Micelio

Artículo 2

Ley 162 de 1936 · Por la cual se honra la memoria del egregio estadista, General José Hilario López

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Una estatua de este meritísimo servidor de la República será erigida en su ciudad natal, Popayán, en el sitio que indique el Concejo de este Distrito, y en el cementerio de Campoalegre, en el Departamento del Huila, en donde está enterrado, se levantará un mausoleo adornado con bustos de bronce.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 162 de 1936