Articulo 2° . La Corporación Regional Autónoma para la defensa de las ciudades de Manizales, Salamina y Aranzazu adscrita al Ministerio de obras Públicas es un establecimiento Público, esto es, un organismo dotado de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, que se organiza conforme a las disposiciones establecidas por la ley 40 de 1971, los decretos 1050 y 3130 de 1968, y las contenidas en los presentes Estatutos.
Decreto 2368 de 1972 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2368 de 1972 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Corporación Regional Autónoma para la Defensa de las ciudades de Manizales, Salamina y Aranzazu
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.