Micelio

Artículo 8

º

Decreto 2620 de 1984 · Por el cual se congelan las plantas de personal de los organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público en el orden nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Dentro del mes siguiente a la fecha de este Decreto, las entidades a que se refiere el artículo 1º deberán entregar a la Secretaría de Administración Pública del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y al Departamento Administrativo del Servicio Civil, la siguiente información respecto a los contratos de prestación de servicios vigentes, para cuya celebración no se haya requerido, según las reglas de contratación administrativa, el concepto previo de la primera, de las citadas dependencias

a)

Nombre y documento de identidad del contratista.

b)

Detalle -del objeto del contrato;

c)

Duración y, en su caso, prórrogas que se hubieren convenido;

d)

Valor del contrato y de sus prórrogas.,

Parágrafo

La información' a que se refiere este artículo deberá ser suministrada mensualmente, en relación con los contratos que se hayan celebrado en el período mensual inmediatamente anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2620 de 1984