Liquidación de-pérdidas y ganancias: Para liquidar la cuenta de pérdidas y ganancias y establecer el saldo de unas u otras, deberá habefse asentado en los libros las sumas que se destinen para atender las siguientes, provisiones o fondos
Para la amortización o depreciación de los activos susceptibles de desgaste o demérito, las cantidades que la Junta Directiva considere necesarias y suficientes, habida cuenta de la naturaleza, de la duración probable de cada bien y del uso a que se encuentre destinado;
Para el pago de las cesantías y demás prestaciones sociales a cargo de la Sociedad y a favor de sus trabajadores, causadas durante el período corrido desde la fecha del Balance General anterior, .las sumas que legal y contractualmente sean necesarias, para cubrir todo su valor, y a fin de atender al pago contingente de otras prestaciones sociales, las sumas que se estimon necesarias para cubrir tales riesgos;
Para impuestos sobre la mita y sus complementarios la suma en que conforme a las leyes tributarias entonces vigentes, se fije lá estimación de este pasivo, y
Para amparo de la cartera y demás activos del Balance General, las sumas que se consideren indispensables a fin de que éste sea exacto y refleje la verdaders situación financiera de la corporación Tales apropiaciones serán fijadas por la Junta Directivos con intervención del Gerente y citación previa del Reviso Fiscal.