°. Toda decisión de la Junta Directiva deberá acordarse por el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes en la sesión, y en caso de empate por dos veces se considerará negado lo sometido a votación.
Decreto 1492 de 1952 →Vigente
Artículo 2
Toda Decisión De La Junta Directiva Deberá Acordarse Por El Voto De La Mayoría Absoluta De Los Miembros Presentes En La Sesión, Y En Caso De Empate Por Dos Veces Se Considerará Negado Lo Sometido A Votación
Decreto 1492 de 1952 · Por el cual se reglamentan las funciones de la junta Directiva y del Gerente de la Imprenta Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.