Micelio

Artículo 863

Para Sueldos En Doce (12) Meses, De Enero A Diciembre, Así: Mensual Total Rector $ 270

Decreto 302 de 1943 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal y alimentación de alumnos internos del Colegio Carrasquilla de Quibdó

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Para sueldos del personal y alimentación de alumnos internos del Colegio Carrasquilla, de Quibdó, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto vigente

a)

Capitulo 62, articulo 863. Para sueldos en doce (12) meses, de enero a diciembre, así: Mensual Total Rector $ 270.00 3.240.00 Secretario Habilitado 130.00 1.560.00 Director de Grupo a $150.00 150.00 1.800.00 Dos Profesores Especializados (internos). a $ 180 cada uno 360.00 2.380.00 Médico Profesor 80.00 960.00 Dentista 40.00 480.00 Bibliotecario 40.00 480.00 Portero-Archivero 40.00 480.00 Para pago de servicio doméstico, según distribución que hará el Rector, hasta 70.00 840.00 Para profesorado externo, a razón de $ 2 la hora de clase, hasta 620.00 7.440.00 Totales $1.800.00 21.600.00

b)

Capitulo 62, articulo 864. Para alimentación de 20 alumnos, internos becados, en diez meses, febrero a noviembre, a $ 20 cada uno $ 400.00 $ 4.000.00 Para servicio de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio. deportes y demás gastos de este Colegio, en doce meses, enero a diciembre 250.00 3.000.00 Total $ 7 000 00 Comuníquese y publíquese

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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