Prohibición porte de Armas para manejadores. El personal de manejadores caninos no podrá portar armas de fuego en la prestación de su servicio.
(Decreto 2187 de 2001 artículo 29)
Prohibición Porte De Armas Para Manejadores
Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Prohibición porte de Armas para manejadores. El personal de manejadores caninos no podrá portar armas de fuego en la prestación de su servicio.
(Decreto 2187 de 2001 artículo 29)
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.