Micelio

Artículo 5

Decreto 477 de 1968 · por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 003 de 1968 (febrero 23), originario del Consejo Intendencial del Caquetá, sobre presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal de 1968-1969.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todo nuevo recurso fiscal, ordinario o especial, que se reciba durante el ejercicio por cualquier concepto (anticipo, avance, aporte, auxilio o proveniente de la utilización del crédito), deberá ser incorporado al presupuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 477 de 1968