Micelio

Artículo 7

Los Servidores Públicos Que Contraten Con Cooperativas O Precooperativas De Trabajo Asociado A Través De Las Cuales Se Configure Intermediación Laboral, Incurrirán En Falta Grave Que Podrá Ir Hasta La Destitución, Conforme A Lo Dispuesto En El Código Único Disciplinario

Decreto 2025 de 2011 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1233 de 2008 y el artículo 63 de la Ley 1429 de 2010

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los servidores públicos que contraten con Cooperativas o Precooperativas de Trabajo Asociado a través de las cuales se configure intermediación laboral, incurrirán en falta grave que podrá ir hasta la destitución, conforme a lo dispuesto en el Código Único Disciplinario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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