°. Comprobación de la situación económica del guardador. Cuando un guardador se encuentre en la situación del inciso tercero del artículo 82 de la Ley 1306 de 2009 y el juez decida no relevarlo del cargo, previo a la solicitud de otorgamiento del aval del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, el juez comprobará la situación económica del guardador, para lo cual deberá verificar la carencia de bienes muebles e inmuebles registrados a su nombre, así como que la garantía de seguros o bancaria de que trata la ley haya sido negada.
Decreto 600 de 2012 →Vigente
Artículo 1
Comprobación De La Situación Económica Del Guardador
Decreto 600 de 2012 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1306 de 2009 y se expiden disposiciones en relación con los avales o garantías
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.