Micelio

Artículo 43

Decreto 2343 de 1996 · por el cual se reglamentan las actividades y servicios de telecomunicaciones que utilicen sistemas de acceso troncalizado (Trunking), se atribuyen las bandas de frecuencia de operación y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Características de Transmisión. Por los sistemas de acceso troncalizado se pueden cursar comunicaciones de voz y/o datos.

Parágrafo

En cualquier caso, la comunicación de despacho y la comunicación de voz con acceso telefónico deberá enmarcarse dentro de los siguientes límites

a)

Para ciudades con población superior a un millón de habitantes en una proporción no inferior al 70% para despacho, ni superior al 30% para acceso telefónico.

b)

Para ciudades con población inferior a un millón de habitantes en una proporción no inferior al 80% para despacho, ni superior al 20% para acceso telefónico. La población de una ciudad se determinara de acuerdo con la proyección del censo vigente del DANE en el momento que el Ministerio de Comunicaciones ejerza el respectivo control. Los límites, se suspenderán a partir del 1º de octubre de 1999.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2343 de 1996