Micelio

Artículo 1

Apruébase La Resolución Número 09812 Del 7 De Noviembre De 1991, Originaria De La Superintendencia De Sociedades, Cuyo Texto Es El Siguiente: <<resolucion Numero 09812 De 1991 (Noviembre 7) Por La Cual Se Fija El Monto De La Contribución Que Deben Pagar Las Sociedades Sometidas A Su Inspección Y Vigilancia

Decreto 2654 de 1991 · por el cual se aprueba una resolución.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Apruébase la Resolución número 09812 del 7 de noviembre de 1991, originaria de la Superintendencia de Sociedades, cuyo texto es el siguiente: <<RESOLUCION NUMERO 09812 DE 1991 (noviembre 7) por la cual se fija el monto de la contribución que deben pagar las sociedades sometidas a su inspección y vigilancia. El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las contempladas por el artículo 287 del Código de Comercio, RESUELVE: Artículo 1º La contribución que deberán pagar las sociedades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia de Sociedades, se fija en la cantidad de cincuenta centavos ($ 0.50) por cada mil pesos ($ 1.000.00) de activo. Artículo 2º. Durante el período de trámite de concordato preventivo obligatorio o de liquidación, las sociedades vigiladas sólo pagarán treinta centavos ($ 0.30) por cada mil pesos ($ 1.000.00) de activo. Artículo 3º. Esta Resolución requiere para su validez la aprobación del señor Presidente de la República y regirá a partir del 1º de enero de 1992. Cúmplase. Dada en Santafe de Bogotá, D. C., a ... El Superintendente de Sociedades, (Fdo.) Carlos Gonzalez Vargas. EL Secretario General, (Fdo.) German Medina Franco.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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