Con el propósito de apoyar y promover la actividad agrícola, la Junta Directiva del Banco de la República, previo concepto de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, adoptará mecanismos que faciliten la refinanciación de créditos destinados a la producción agrícola.
Serán beneficiarios de la refinanciación los productores agrícolas cuando se presenten situaciones económicas críticas respecto de un cultivo o una región.
La Comisión Nacional de Crédito Agropecuario determinará la ocurrencia de una situación económica crítica en una región de producción agrícola o para un cultivo, cuando se presente alguna de las siguientes condiciones:
Cuando una caída sensible y temporal en el precio internacional del producto afecte significativamente el ingreso real del productor colombiano. Cuando la caída de precio se prevea permanente, las refinanciaciones se orientarán a la sustitución de cultivos y a la diversificación.
Cuando una situación de tipo climatológico o catástrofe natural dé lugar a pérdidas masivas de la producción.
Cuando un cultivo se vea severamente afectado por plagas o problemas fitosanitarios, que reduzcan sensiblemente la calidad o el volumen de la cosecha.
Cuando se presente una caída sensible y permanente en la demanda interna del producto.