Apruébase El Acuerdo Número 14 De Noviembre 29 De 1979 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: «acuerdo Numero 14 De 1979 (Noviembre 29) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que En Virtud Del Decreto 2078 De 1940 Y De Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención En Los Mercados Cafeteros Para El Desarrollo Del Convenio Interamericano Sobre Cuotas De Exportación, Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Posteriores, Y De Manera Especial Por El De Diciembre 20 De 1978 Sobre Prestación De Servicios Y Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto De Solucionar, De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Habían Podido Prever Originalmente Y A Fin De Darle Desarrollo Y Cumplimiento A Normas Legales Y A Disposiciones De Los Congresos Cafeteros; B) Que La Federación Nacional De Cafeteros, Con Recursos Del Fondo Nacional Del Café Es Accionista Del Complejo Agroindustrial Zulia-Ureña "agrozulia", Cuya Última Asamblea De Accionistas Dispuso Elevar El Capital A La Suma De $ 100
Decreto 149 de 1980 · Por los cuales se aprueban sendos Acuerdos del Comité Nacional de Cafeteros
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Apruébase el Acuerdo número 14 de noviembre 29 de 1979 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente: «ACUERDO NUMERO 14 DE 1979 (noviembre 29) El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y considerando
a)
Que en virtud del Decreto 2078 de 1940 y de las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la Federación celebraron el 11 de diciembre de 1940, un contrato sobre manejo del Fondo Nacional del Café e intervención en los mercados cafeteros para el desarrollo del Convenio Interamericano sobre cuotas de exportación, contrato que ha sido adicionado y complementado por otros posteriores, y de manera especial por el de diciembre 20 de 1978 sobre prestación de servicios y administración y manejo del Fondo Nacional del Café, celebrados entre las mismas partes con el objeto de solucionar, de acuerdo con la experiencia obtenida en el desarrollo del mismo, aquellos puntos que no se habían podido prever originalmente y a fin de darle desarrollo y cumplimiento a normas legales y a disposiciones de los congresos cafeteros;
b)
Que la Federación Nacional de Cafeteros, con recursos del Fondo Nacional del Café es accionista del complejo agroindustrial Zulia-Ureña "Agrozulia", cuya última asamblea de accionistas dispuso elevar el capital a la suma de $ 100.000.000.00 aumento del cual corresponde a la Federación suscribir y pagar la suma de. $ 18.400.000.00;
c)
Que Agrozulia forma parte de los programas de diversificación de la economía de zonas cafeteras y que esta capitalización se encuentra prevista en el presupuesto de inversiones del Fondo Nacional del Café para la vigencia en curso y que en la presente sesión el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público ha expresado concepto favorable a ella, acuerda:
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.