Autorizase ampliamente al Gobierno Nacional para estudiar y construir de manera directa, o por medio de contratos que celebre al efecto con personas naturales o jurídicas, la ejecución de la referida vía, pudiendo aplicar a este objeto las partidas que por leyes vigentes se destinan a la construcción de la vía del Sarare, y demás elementos pertenecientes a ella.
Ley 37 de 1923 →Vigente
Artículo 2
Ley 37 de 1923 · Por la cual se dan unas autorizaciones al Gobierno y se hace una cesión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.