Resoluciones del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional y documentación. Las prestaciones sociales a los empleados públicos y trabajadores oficiales del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional en actividad, o por causa de su retiro, o de sus beneficiarios en caso de fallecimiento, serán reconocidas mediante resoluciones del Ministerio de Defensa o la Policía Nacional, con base en los siguientes documentos
Liquidación de servicios;
Certificado de haberes percibidos por el interesado durante el último mes, sobre los cuales debe hacerse la liquidación correspondiente;
Partidas de origen civil o eclesiástico, tomadas preferencialmente de la hoja da vida del empleado o trabajador;
Cese militar o de policía del interesado;
Certificado de supervivencia de los interesados, cuando el caso lo requiera;
Certificado de aptitud psicofísica para retiro del interesado, o constancia de su inasistencia a la práctica de exámenes médicos, expedida por la sanidad respectiva;
Fotocopia autenticada de la cédula de ciudadanía o de la tarjeta de identidad o constancia de encontrarse en trámite, correspondiente al interesado o a los beneficiarios, según el caso;
Disposiciones que suspendan en el ejercicio de funciones y atribuciones y las de restablecimiento, cuando a ello haya lugar;
Las demás pruebas que a juicio del Ministerio de Defensa o la Policía Nacional sean necesarias para el reconocimiento de prestaciones.