° Los sueldos y sobresueldos de que trata el artículo segundo de la ley 73 del presente año, se pagarán con imputación al artículo 172 A, capitulo 38, del Presupuesto de la actual vigencia. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1324 de 1936 →Vigente
Artículo 3
Los Sueldos Y Sobresueldos De Que Trata El Artículo Segundo De La Ley 73 Del Presente Año, Se Pagarán Con Imputación Al Artículo 172 A, Capitulo 38, Del Presupuesto De La Actual Vigencia
Decreto 1324 de 1936 · Por el cual se reglamenta la Ley 73 del presente año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.