Al que ocasione por su culpa alguno de los hechos de que tratan los artículos precedentes, se impondrá la sanción allí establecida, disminuida de una sexta parte a la mitad.
Delitos contra la economía nacional, la industria y el comercio
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Al que ocasione por su culpa alguno de los hechos de que tratan los artículos precedentes, se impondrá la sanción allí establecida, disminuida de una sexta parte a la mitad.
Delitos contra la economía nacional, la industria y el comercio
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.