Micelio

Artículo 3

Los Gobernadores De Departamento Y El Intendente Del Chocó, Distribuirán A Su Vez La Partida Asignada A Cada Entidad Por El Artículo 1°, Entre Las Fiscalías, Tribunales, Juzgados Superiores Y De Circuito Existentes En Las Respectivas Secciones, Y Los Decretos Que Dicten Serán Sometidos A La Aprobación Del Gobierno

Decreto 674 de 1925 · Por el cual se distribuye proporcionalmente la partida apropiada en el Presupuesto Nacional de la presente vigencia, para material del Ministerio Público y del Poder Judicial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Gobernadores de Departamento y el Intendente del Chocó, distribuirán a su vez la partida asignada a cada entidad por el artículo 1°, entre las Fiscalías, Tribunales, Juzgados Superiores y de Circuito existentes en las respectivas secciones, y los decretos que dicten serán sometidos a la aprobación del Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 674 de 1925