Micelio

Artículo 61

Ley 63 de 1936 · Por la cual se organizan los impuestos sobre la masa global hereditaria, asignaciones y donaciones, y se aclara el artículo 8° de la Ley 78 de 1935

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Están sujetas al impuesto las sucesiones, asignaciones y donaciones de bienes situados en Colombia aunque la sucesión se haya abierto o la donación se haya otorgado en el Exterior, y las sucesiones, asignaciones y donaciones de bienes situados en país extranjero, cuando el juicio mortuorio se siga o la donación se otorgue ante las autoridades colombianas, salvo siempre lo dispuesto en los tratados públicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 63 de 1936