Micelio

Artículo 69

Decreto 635 de 1886 · Sobre libertad de imprenta, y juicios que se siguen por los abusos de la misma

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 69. El Presidente abrirá la audiencia, que será pública, y la presidirá; y después de haber jurado cumplir con sus deberes, exigirá de todos los demás miembros del Jurado el siguiente juramento: ¿Juráis por Dios y vuestro honor cumplir fielmente vuestros deberes "Los Jurados responderán" "Sí juramos". El Presidente añadirá: "Si así lo hiciereis, Dios os premio; y si no, os lo demande".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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