° Créase el puesto de Bibliotecario del Ministerio de Agricultura y Comercio, con las funciones de formar el índice de los libros que componen la Biblioteca Agrícola, y de cuidar y conservar bajo su responsabilidad todos los libros, folletos y documentos que la componen, los cuales serán facilitados al público, de conformidad con el reglamento especial que se dicte por el Ministerio de Agricultura y Comercio para ese servicio.
Decreto 615 de 1916 →Vigente
Artículo 1
Créase El Puesto De Bibliotecario Del Ministerio De Agricultura Y Comercio, Con Las Funciones De Formar El Índice De Los Libros Que Componen La Biblioteca Agrícola, Y De Cuidar Y Conservar Bajo Su Responsabilidad Todos Los Libros, Folletos Y Documentos Que La Componen, Los Cuales Serán Facilitados Al Público, De Conformidad Con El Reglamento Especial Que Se Dicte Por El Ministerio De Agricultura Y Comercio Para Ese Servicio
Decreto 615 de 1916 · Por el cual se crea un puesto y se hace un nombramiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.