Micelio

Artículo 2

Para Ingresar Al Curso De Formación De Qué Trata El Artículo Anterior Se Exigen, Además De Los Requisitos Generales, Los Siguientes: A) Acreditar Antecedentes Morales Y De Honorabilidad; B) No Ser Mayor De 30 Años Ni Menor De 21; C) Haber Cursado Y Aprobado, Por Lo Menos, El Cuarto Año De Bachillerato En Establecimiento Aprobado Por El Ministerio De Educación Nacional

Decreto 620 de 1975 · Por cual se reglamenta el parágrafo del artículo 38 y el artículo 136 del Decreto 2338 de 1971

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para ingresar al curso de formación de qué trata el artículo anterior se exigen, además de los requisitos generales, los siguientes

a)

Acreditar antecedentes morales y de honorabilidad;

b)

No ser mayor de 30 años ni menor de 21;

c)

Haber cursado y aprobado, por lo menos, el cuarto año de bachillerato en establecimiento aprobado por el Ministerio de Educación Nacional.

d)

Ser propuesto para ingreso por la Dirección de la Escuela Nacional de Suboficiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 620 de 1975