El Subdirector de Relaciones Individuales es competente para
Aprobar las solicitudes para la ejecución de planes de vivienda a que se refiere el artículo 18 numerales 4 y 5 del Decreto 2351 de 1965.
Decidir sobre las solicitudes de modificación de la proporción de trabajadores nacionales y extranjeros, previo concepto de la Dirección General de Empleo.
Decidir sobre las peticiones empresariales de declaratoria de entidades sin ánimo de lucro.
Realizar, en coordinación con la Dirección General de Empleo, los estudios económico - laborales que se requieran para la toma de decisiones administrativas, entre otros, en los siguientes asuntos: cierre de empresas, despidos colectivos unidades de empresas, entidades sin ánimo de lucro, etc.
Las demás que le sean asignadas por ley o reglamento. DIVISION DE RELACIONES INDIVIDUALES.