Micelio

Artículo 50

Antes De Vencerse El Término Inicial De Exploración O El De Su Prórroga Si La Hubiere, El Interesado Presentará Al Ministerio De Minas Y Energía Los Siguientes Informes: 1

Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Antes de vencerse el término inicial de exploración o el de su prórroga si la hubiere, el interesado presentará al Ministerio de Minas y Energía los siguientes informes

1.

Amojonamiento del área que deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 51 de este Decreto.

2.

Informe final de exploración.

3.

Declaración de efecto ambiental o estudio ecológico y ambiental. Lo anterior, de acuerdo con las guías de términos de referencia que expida para tales fines la Dirección General de Minas, o la dependencia que haga sus veces.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2477 de 1986