Micelio

Artículo 39

Ningún Funcionario O Trabajador Del Instituto Podrá Revelar A Extraños Las Operaciones, Planes E Iniciativas Del Mismo, Sin Previa Autorización De La Junta Directiva O Del Gerente

Decreto 936 de 1964 · Por el cual se reglamenta la Ley 16 de 1963, y se adoptan los estatutos del Instituto de Fomento Industrial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ningún funcionario o trabajador del Instituto podrá revelar a extraños las operaciones, planes e iniciativas del mismo, sin previa autorización de la Junta Directiva o del Gerente. La infracción a esta prohibición acarreará la pérdida del cargo, declarada por la persona o entidad que haya hecho la designación, sin perjuicio de las demás sanciones a que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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