º El artículo 18 quedará así: "Todas las órdenes de venta que reciba el martillo deberán ir firmadas por los respectivos interesados, y contendrán los detalles o informes sobre especie, precio, condiciones de la venta, plazo, etc., que determine la Junta o el Consejo Directivo de la Bolsa a que pertenezca el martillo."
Decreto 1888 de 1939 →Vigente
Artículo 2
El Artículo 18 Quedará Así: "todas Las Órdenes De Venta Que Reciba El Martillo Deberán Ir Firmadas Por Los Respectivos Interesados, Y Contendrán Los Detalles O Informes Sobre Especie, Precio, Condiciones De La Venta, Plazo, Etc
Decreto 1888 de 1939 · Por el cual se reforma el Decreto número 1273 de 1936
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.