Aplicase la cantidad de cinco mil pesos ($ 5,000) como auxilios para la edificación del dormitorio de niños desamparados que bajo el patrocinio del nombre esclarecido del R P Mario Valenzuela adelanta en la ciudad de Bucaramanga la Sociedad de San Vicente de Paúl.
Ley 121 de 1928 →Vigente
Artículo 4
Ley 121 de 1928 · POR LA CUAL SE ORDENA REPATRIAR LOS RESTOS DEL REVERENDO PADRE MARIO VALENZUELA Y SE CONCEDE UN AUXILIO
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.